Las 10 preguntas más útiles accidentes de trabajo

  1. ¿Qué es un accidente de trabajo?
  2. Soy trabajador autónomo y he tenido un accidente en el trabajo. ¿También se considera accidente de trabajo?
  3. ¿Es importante contar con un abogado en caso de haber sufrido un accidente de trabajo?
  4. He tenido un accidente de trabajo que me ha dejado importantes secuelas. Además de las prestaciones de la Seguridad Social ¿puedo solicitar otro tipo de indemnizaciones?
  5. ¿Son acumulables varias indemnizaciones provenientes de varias fuentes? ¿Existe un límite?
  6. ¿Qué daños se consideran indemnizables?
  7. En un accidente de trabajo he perdido la visión en un ojo ¿Cómo puedo calcular la indemnización que me corresponde?
  8. ¿Qué significa que puede haber un "recargo" en la indemnización a percibir por parte de la empresa?
  9. ¿Qué es un accidente de trabajo in itinere?
  10. He tenido un accidente de tráfico cuando acudía al trabajo. ¿Se considera un accidente de trabajo?

1.- ¿Qué es un accidente de trabajo?

Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. Se consideran accidentes de trabajo:

  • Los accidentes que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar del trabajo.
  • Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.
  • Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente del buen funcionamiento de la empresa.
  • Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.
  • Las enfermedades, no incluidas como tales, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.
  • Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.

2.- Soy trabajador autónomo y he tenido un accidente en el trabajo. ¿También se considera accidente de trabajo?

El hecho de que seamos trabajadores autónomos no significa que no podamos tener un accidente de trabajo si bien existen muchos matices a realizar dependiendo de si es un autónomo dependiente, trabaja en una obra como subcontratado. Un accidente in itinere no se considera accidente de trabajo para trabajadores autónomos.


3.- ¿Es importante contar con un abogado en caso de haber sufrido un accidente de trabajo?

Hay muchas cuestiones abiertas, y contar con un buen abogado es esencial para enfocar adecuadamente la defensa de nuestros derechos. Hay que tener en cuenta que en los litigios sobre accidentes de trabajo se plantean cuestiones sobre la jurisdicción -civil o social- competente para conocer del caso. Además, una vez decidida ya la jurisdicción competente, queda por resolver la compatibilidad de las prestaciones y ayudas cobradas por el trabajador por razón del accidente con las indemnizaciones fijadas por jueces y tribunales.


4.- He tenido un accidente de trabajo que me ha dejado importantes secuelas. Además de las prestaciones de la Seguridad Social ¿puedo solicitar otro tipo de indemnizaciones?

En principio usted puede tener derecho a 4 tipos de compensaciones. La primera es la derivada de la prestación concedida por la Seguridad Social. La segunda depende del convenio colectivo de aplicación pero es habitual que muchos convenios colectivos obliguen a los empresarios a contratar pólizas de seguros para indemnizar a los trabajadores afectados por accidentes de trabajo. Además, dependiendo de si el accidente se produjo por un incumplimiento de las normas de seguridad en el trabajo puede recibir un incremento en la prestación o incluso se puede exigir otro tipo de indemnizaciones en vía civil.


5.- ¿Son acumulables varias indemnizaciones provenientes de varias fuentes? ¿Existe un límite?

Es una pregunta controvertida y no despejada del todo por los tribunales. Parece razonable pensar que si el trabajador considera que el daño no se ha reparado o quiere reclamar otros conceptos no contemplados en las ayudas cobradas, como por ejemplo el daño moral, cabe la posibilidad de demandar directamente al empresario para reclamar la indemnización por los daños extraordinarios sufridos.


6.- ¿Qué daños se consideran indemnizables?

En principio podríamos considerar 2 tipos de daños a indemnizar:

  1. Daño patrimonial, en el que podemos incluir el daño emergente (gastos extraordinarios soportados, tanto por el accidentado como por su familia), y el lucro cesante (salarios dejados de percibir en caso de incapacidad temporal y permanente, o por muerte y subsiguientes prestaciones a favor de familiares; así como la pérdida de expectativas de progresión profesional).
  2. Daño extrapatrimonial, y dentro de él, el daño corporal o biológico (lesiones físicas que requieren tratamiento médico e impiden realizar una vida plena, pérdida de integridad física, incluidas las secuelas físicas permanentes, lesiones psíquicas y, en su caso, la muerte) y daño moral (en el que se encuentra el dolor físico y el sufrimiento psíquico). No todos concurrirán en todos los accidentes, por lo que es necesario analizar cada caso concreto.

7.- En un accidente de trabajo he perdido la visión en un ojo ¿Cómo puedo calcular la indemnización que me corresponde?

La normativa laboral no nos facilita tablas indemnizatorias. Sin embargo se puede utilizar a modo de orientación el sistema de valoración de daños previsto en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos de Motor.


8.- ¿Qué significa que puede haber un "recargo" en la indemnización a percibir por parte de la empresa?

El artículo 123 de la LGSS establece que «Todas las prestaciones que tengan su causa en accidente de trabajo o enfermedad profesional se aumentarán, según la gravedad de la falta, de un 30 a un 50 por 100, cuando la lesión se produzca por máquinas, artefactos o instalaciones, centros o lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, o cuando no se hayan observado las medidas generales o particulares de seguridad e higiene en el trabajo, o los elementos de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo, habida cuenta de sus características y de edad, sexo y demás condiciones del trabajador».


9.- ¿Qué es un accidente de trabajo in itinere?

Es aquel accidente que se produce en los desplazamientos hacia y desde el trabajo. Normalmente se trata de accidentes de tráfico que se producen al desplazarse el trabajador a su puesto de trabajo o al retornar de él.


10.- He tenido un accidente de tráfico cuando acudía al trabajo. ¿Se considera un accidente de trabajo?

Con carácter general sí. Aunque la jurisprudencia marca unos requisitos para asimilar ese tipo de accidentes a accidentes de trabajo, lo normal es que se le atribuyan los mismos efectos y tratamiento indemnizatorio.