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Comienza la reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial

El objetivo de la reforma es que la modificación en el Código Penal, que se tramita por la vía de urgencia, entre en vigor a partir de 2008. La nueva normativa, que ya ha sido remitida al Senado, prevé penas de cárcel para los conductores que superen en más de 80 kilómetros el límite de velocidad establecida o tengan más de 1,2 gramos de alcohol en sangre. Las penas oscilan entre los tres meses y el año de cárcel. Seguir circulando después de haber perdido todos los puntos también se considerará un delito penal.
La mayor pena prevista, de dos a cinco años, es para aquellos que circulen de forma temeraria con “consciente desprecio por la vida de los demás”.
La reforma pretende, en concreto, elevar las faltas a delitos en casos concretos de exceso de velocidad (conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía y a más de 180 en carretera y 110 en vía urbana), por consumo de alcohol (más de 1.2 gramos de alcohol en sangre) y por circular sin carné. los conductores deberían vigilar su forma de manejar el vehículo en las carreteras, ya que un exceso puede acarrearles de tres a seis meses de prisión, multa de seis a 12 meses y trabajos a favor de la comunidad de 30 a 90 días.



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