Accidentes de tráfico con animales en autopistas de peaje

También en las autopistas peaje es frecuente que se produzcan accidentes de tráfico provocados por animales que cruzan las vallas de protección.  Normalmente se trata de colisiones contra jabalíes o corzos que suponen graves perjuicios a los conductores considerando la alta velocidad a la que se circula en las autopistas de peaje.


¿Es responsable la autopista de peaje? ¿ Quién asume los  daños producidos en personas y vehículos?  ¿Puedo pedir que me indemnicen? ¿ Me afecta negativamente los cambios legislativo sobre accidentes con especies cinegéticas?
Éstas son algunas de las preguntas que es fácil que tenga y que trataremos de responder.
Los arts. 14 y 27 de la Ley de 10 de mayo de 1972 sobre "autopistas de peaje" señalan:


"1º El concesionario deberá conservar la vía, sus accesos, señalización y servicios reglamentarios en perfectas condiciones de utilización.
1. La continuidad en la prestación del servicio le obligará, especialmente, a facilitarlo en condiciones de absoluta normalidad, suprimiendo las causas que originen molestias, incomodidades, inconvenientes o peligrosidad a los usuarios de la vía salvo que la adopción de medidas obedezca a razones de seguridad o de urgente reparación."
Por tanto,  la propia ley, califica esa relación entre usuario y concesionario como contrato atípico "a través del cual, y mediante el pago de un peaje a cargo del usuario, la empresa concesionaria viene obligada a garantizar a éste una circulación fluida, rápida y sin riesgo de ningún tipo pues se espera que el concesionario lo haya eliminado".

El accidente no puede considerarse como un caso fortuito. La concesionario debe saber que hay zonas con animales o debería saberlo, por lo que debe poner todos los medios a su alcance para evitar que este tipo de animales entren en la vía. No se trata de un caso fortuito porque pudo preverse y también evitarse, la causa del siniestro fue precisamente la falta de diligencia de la concesionaria.

Algunas autopistas  consideran que no se ha tenido en cuenta la última reforma de la Ley de Tráfico que afecta a la responsabilidad derivada del atropello de especies cinegéticas y por la que el conductor del vehículo responde en todos los casos en que se produzca un atropello de especie cinegética.  Sin embargo, la autopista olvida que cuando el conductor se introduce en la autopista contrata con la concesionaria el uso de la misma, es decir, que a cambio del precio que se compromete a pagar, la autopista tiene la obligación de mantener la vía en buen estado, libre de todo tipo de obstáculos y, por supuesto de animales. Por ello, resulta indiferente a los efectos que nos ocupa, que el animal irrumpiese en la vía, pasease por la misma, o estuviese estático, la autopista tiene la obligación de mantener la vía libre y en condiciones óptimas para los conductores.


Algunas autopistas tratan de culpar a los conductores del siniestro por no adecuar su conducción a las circunstancias de la vía, por no frenar cuando vio al animal o por no volver a su carril inicial estando el animal parado.

Lo cierto es que los animales no tienen que estar en la vía. Es la autopista quien tiene la responsabilidad de asumir las consecuencias del siniestro. No debemos olvidar que los conductores circulamos bajo la creencia de la seguridad en el tráfico, convencido de que no existirán obstáculos en la vía, y menos animales sueltos, ásta es una de las causas por las que eligió introducirse en la autopista y pagar el peaje, de no ser así podría haber evitado el pago.
Recuerde que se necesita asistencia legal en cuestiones relacionadas con asientos de tráfico puede contactar con nuestros abogados especialistas en info@indemnizaplus.com
 



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