El Juzgado de Primera Instancia Núm. 1 de LLeida da la razón al accionista, un pensionista de LLeida que suscribió una orden de compra de 1.334 títulos a 3.75 euros, por un total de 5.000, 50 euros y considera nula de pleno derecho la compra efectuada por incumplimiento de normas imperativas y aprecia asimismo vicio en el consentimiento, esencial y excusable
El Tribunal Supremo se ha pronunciado recientemente, en dos sentencias considerando anulables por vicio en el consentimiento la adquisición de acciones de Bankia con ocasión de su salida a Bolsa de 2011 porque hubo error en el consentimiento al no coincidir las cifras del folleto con las reales .
Por ello si es un accionista afectado por la salida en bolsa de aún está tiempo de recurrir y recuperar su dinero.
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