Atropello de peatón por vehiculo que se da a la fuga o sin seguro en vigor: tiene derecho a una indemnización

Es frecuente que en dichos supuestos, de atropellos de peatones con veículos que se dan a la fuja o sin segiuro en vigor, se deje de reclamar la oportuna indemnización, con el consiguiente enrriquecimiento injusto de las compañias de seguros, o en este supuesto del consorcio de compensación de seguros, ante la falta de asesoramiento de un abogado experto en accidentes.

Si vd. ha sufrido un atropello y:

1º)  el vehículo se ha dado a la fuga
2º)  o en el supuesto de que carezca de seguro en vigor, corresponde pagar su indemnización al Consorcio de Compensación de Seguros.


En dichos supuestos podra reclamar al Consorcio su indemnización.

El actual sistema jurídico tiende a proteger a la parte más debil, el peatón, resultando así que en la mayor parte de los atropellos. Las sentencias judiciales establecen una indemnización para la victima, aún cuando el atropello sea causado, en parte, por ésta al cruzar por lugar indebido. Las propias compañias aseguradoras proceden a reconocerla en muchas ocasiones sin necesidad de acudir a juicio tras una negociación con los abogados del peaton.

Ello es así porque el grado de diligencia exigible al conductor de un vehículo es superior que la exigida al peatón, al estimarse que controla un instrumento de riesgo, siendo exigible una mayor cautela y atención a la vía y circunstancias y personas que circulan por la misma, en todo momento.Si

Si es victima de un atropello, asesórese, y si es viable proceda a reclamar una oportuna indemnización.

Ponga su asunto en manos de expertos y obtenga la máxima indemnización posible pues la salud no tiene precio.

M. de la Puente & S. Alonso
Abogados 

la coruña-  santiago de compostela-  ferrol

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