Condenada la aseguradora a abonar 6000 euros por paralización de actividad durante el confinamiento

Muchas empresas  se vieron obligadas a cerrar sus puestas  durante el confinamiento decretado por el estado  de alarma, algunas de ellas tenían contratado un seguro por pérdida de ingressos o paralización  de actividad y al reclamar a su compañías de seguros éstas respondían que en ningún lugar de la póliza se contempla que se cubra los gastos de paralización derivados de una resolución gubernativa ante una pandemia, sin embargo tras la sentecia de la Audiencia Provincial de Gerona, de fecha 03.02.2021 se abre la puerta a que todos estos negocios puedan reclamar.

La  abogada Mª José Horcajada Bell-lloch , abogada de Lleida  especialista en reclamación de indemnizaciones por daños y perjuicios, trata de este tema en su artículo publicado en  La Mañana ( 22/02/2021 ).

“Indemnizaciones

y COVID-19

Miles d´ emprendidas tuvieron que cerrar sus puertas durante l´ sido d´ alarma decretado por la COVID-19. L´ Audiencia Provincial de Girona, en su pionera sentencia de fecha 3 de febrero de 2021, abre la puerta a que todas aquellas que tenían concertada un seguro por cierre o pérdida de beneficios puedan reclamar una indemnización. Se trata d´ una pizzería que concertó una póliza que incluía la cobertura de pérdida de beneficios y la paralización de l´ actividad estableciendo una indemnización de 200 euros día durante un periodo de 30 días. La empresa reclamó a la aseguradora y esta rehusó su petición a el•*legant que la póliza no cubría los gastos de paralización derivadas de una resolución *gubernamental ante una *pandemia. El juzgado de primera instancia dio la razón a l´aseguradora pero l´Audiencia Provincial la condena a indemnizar 6000 euros por las pérdidas del confinamiento, al considerar que si bien la *pólissa no contempla expresamente la cobertura de la paralización del negocio durante la pandemia , una cláusula limitativa de los derechos de l´asegurado ha d´estar destacada d´una manera especial y llevar su firma. S´habrá d´estudiar caso por caso para valorar l´éxito d´una posible reclamación.”

Indemnizaplus.com

 



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