Indemnización a familiares de muertos en accidentes de tráfico

Las compañías de seguros deberán indemnizar a partir de ahora a las familias de aquellos conductores que fallezcan en accidentes de tráfico, en los que sólo intervenga el propio vehículo asegurado. Así lo ha dado a entender una sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo que ha rechazado la demanda de error judicial interpuesta por una aseguradora, contra la condena que le impuso la Audiencia Provincial de Cuenca, de indemnizar con un 1,2 millones de pesetas a la madre de un conductor fallecido en accidente de tráfico, al salirse su automóvil de la calzada.

La aseguradora pretendía que el Alto Tribunal declarase que la sentencia dictada por la Audiencia Provincial incurría en un evidente error judicial al obligarla a indemnizar, en concepto de perjudicada, a la madre del fallecido de un accidente de tráfico ocurrido por su única y exclusiva intervención. Y este supuesto, según la aseguradora, estaba excluido de la cobertura del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria. El Tribunal Supremo, sin embargo, no admitió tal pretensión y ha condenado, además, al pago de las costas a la aseguradora, informó la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

A juicio de AEA, esta última sentencia del Tribunal Supremo admite la posibilidad de que las aseguradoras deban indemnizar a las familias de conductores fallecidos en accidentes de tráfico en los que sólo interviene el propio vehículo asegurado. Hasta ahora las compañías de seguros españolas han venido negando el pago de indemnizaciones a los perjudicados de accidentes de tráfico que, como el enjuiciado ahora por el Tribunal Supremo, al final se ha demostrado que sí tenían derecho a percibirlas, según AEA.

Además, critica que el Gobierno central ha pretendido incluso dar su apoyo a las aseguradoras, al aprobar el pasado mes de enero un nuevo reglamento de seguros, en el que se excluye expresamente de la cobertura del seguro de suscripción obligatoria todos los daños y perjuicios ocasionados por las lesiones o fallecimiento del conductor del vehículo causante del siniestro, cuando este supuesto no está recogido en la ley.

AEA ha recurrido este reglamento ante el tribunal por considerar que no sólo va en contra de la Ley de Seguros, porque lesiona gravemente los derechos de los perjudicados de un determinado tipo de accidente, como son los de las familias de conductores fallecidos cuando su automóvil se sale de la vía sin participación de otros vehículos.

Según datos aportados por la AEA, a lo largo del pasado año se produjeron en España un total de 2.278 accidentes mortales con la única participación del propio vehículo accidentado, con un resultado de 1.741 conductores fallecidos en esos siniestros
(Fuente Consumer)



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