Diferentes niveles de alcohol en los delitos de alcoholemia

Al ser sometidos a una prueba de alcoholemia podemos arrojar diferentes niveles de alcohol en sangre. A pesar de la reforma del Código Penal que considera delito las pruebas de alcoholemia, no parece que sea lo mismo niveles de alcohol entre los 0,60 y 0,80 mgl o superiores a esto.

La tolerancia al alcohol no es igual en todos los individuos, de ahí que puede afirmarse cómo en el tramo de hemoconcentración alcohólica comprendido entre 0,40 y 0,80 mgs. de alcohol por litro de aire espirado la influencia se produce por lo general aunque no con toda certeza, por lo que el dato bioquímico no debería ser suficiente para considerlo delito, siendo preciso otros elementos de juicio para decidir sobre esta influencia.

En cambio por encima de 0,80 mg de alcohol por litro de aire espirado puede decirse con seguridad que cualquier individuo, acusa el efecto de la bebida en grado suficiente para que sus facultades psicofísicas queden mermadas.

Tenemos que tener en cuenta que la infracción penal no consiste en conducir un vehículo con determinada tasa de alcohol, sino en hacerlo "bajo la influencia" de dicha ingesta, la concreta determinación de la tasa de alcoholemia, obtenida a través de la prueba alcoholométrica, no es imprescindible para estimar probada la comisión del delito, pudiendo lograrse tal acreditación a través de otros medios probatorios, entre ellos la testifical de los agentes de policía intervinientes.



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