Indemnización afectados por amianto o familiares en caso de fallecimiento


El amianto,  es uno de los componentes del fibrocemento, un material de construcción compuesto por fibras microscópicas que  representen un riesgo respiratorio y cancerígeno



Las enfermedades profesionales que puede provocar son: cáncer de pulmón, mesotelioma maligno, asbestosis, etc. A pesar, de que el uso de amianto está prohibido desde el 2001, aún queda amianto en construcciones anteriores a la prohibición, por lo que se han de seguir unas técnicas preventivas muy estrictas para evitar cualquier riesgo para el trabajador.



iLa conducta omisiva de las empresas en dichas técnicas preventivas supone el incremento del riesgo de daño para la salud de los trabajadores, no cabe duda de que los incumplimientos suponen un notable y significativo incremento del riesgo para la salud del trabajador, de forma que es probable que de haberse seguido desde el principio las prescripciones de seguridad reglamentarias el resultado no hubiese llegado a producirse. Viéndose obligado el causante de dicho riesgo al pago de la indemnización por daños y perjuicios al trabajador o, en los supuestos de fallecimiento, a sus familiares.





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